Autocultivo Medicinal en México

Proceso de amparo para cultivo de cannabis personal adulto en México

Este proceso aplica SOLO sí ingresaste tu solicitud antes del 28 de Junio del 2021. Si apenas lo vas a ingresar accede al nuevo proceso aquí.

Antecedentes

El proceso de amparo comienza en 2012 con el caso de SMART (Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante) que llegó a la suprema corte en 2015, sentando precedente sobre el derecho al libre desarrollo de la personalidad y lo excesivo de la prohibición absoluta en relación al cannabis. Al ganarse este amparo los quejosos de SMART lograron ser los 4 primeros mexicanos en poder cultivar y consumir cannabis sin fines de comercio de forma legal.


Seguido de esto vinieron muchos amparos más como el de Ulrich Richter, Zara Snapp, Armando Ríos Peters y finalmente Aram Vara con el quinto amparo. Este último amparo dio paso a la jurisprudencia.


Jurisprudencia:  Conjunto de las sentencias, decisiones o fallos dictados por los tribunales de justicia o las autoridades gubernativas


Aquí una infografía sobre los que se logró y lo que no por dicha jurisprudencia de parte de la Suprema Corte del poder judicial.


Ya que la sociedad civil organizada había ganado la jurisprudencia, la SCJN mandato modificar cinco artículos de la Ley General de Salud al poder legislativo. Desde febrero de 2019 comenzó ese proceso y hasta que no se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Federal para el Control del Cannabis el amparo para uso personal sin fines de comercio sigue siendo la única forma legal de acceder en México al cannabis diferentes a los fines médicos. Es importante mencionar que los usos médicos solo abarcan presentaciones farmacológicas. La flor, extractos y tinturas no están contemplados. Es por ello que el aparo es con fines PERSONALES para mayores de edad y no medicinales.

Proceso

El proceso para acceder a un amparo es relativamente sencillo que consta de tres grandes bloques:


1.- Carta permiso a COFEPRIS

La primera parte del proceso consiste en meter la carta solicitando el consumo de cannabis para autoconsumo sin fines comerciales. El proceso lleva alrededor de 40 días hasta que te dan una carta con tu negativa de la carta inicial. Esa negativa es tu entregable para poder iniciar la siguiente parte del proceso. 


Ojo: Por motivos de la pandemia de COVID-19 la COFEPRIS está entregando citas solamente por internet, puedes solicitar dicha cita por medio de la siguiente liga:   https://citas.cofepris.gob.mx y aquí puedes bajar el formato de la carta inicial


México Unido contra la Delincuencia desarrolló un manual que te puede servir de guía para todo el proceso. Puedes revisar dicho manual en esta liga: 

https://www.mucd.org.mx/permiso-cannabis/


Una vez que entregues la carta a COFEPRIS te deben entregar un formato de seguimiento como este:

Nota:

La COFEPRIS puede tardar hasta cuarenta días para responderte, ojo, no son naturales. Idealmente con esa negativa comienzas tu tramite de amparo. Puedes darle seguimiento a tu tramite por medio de ESTA LIGA.


2.- Proceso de demanda de amparo

Una vez que tengas la carta con la negativa por parte de COFEPRIS puedes iniciar tu proceso de amparo. Para esto tienes que ingresar el formato de amparo junto con tu carta negada en tu juzgado local. 


Es importante ir dando el seguimiento a dicho proceso así como entregar, en tiempo y forma, la información que se te solicite. Recuerda que es un proceso de resistencia y solo así podrás ganar el caso y a su vez el derecho a cultivar tu cannabis. 


3.- Carta de autorización por parte de COFEPRIS

Una vez que termine el proceso y se tenga una sentencia de tu caso, el juzgado solicitará a la COFEPRIS que te de una carta que garantice tu derecho al libre desarrollo de la personalidad. Sin esta carta, aun cuando cuentes con amparo, todavía no estás totalmente protegido contra la autoridad. Es importante que sigas el proceso de cerca y de ser posible, llames una vez a la semana a COFEPRIS preguntando por tu carta. Este proceso debería tomar 15 días hábiles. Ellos se justifican que tienen mucha carga de trabajo y te van a tratar de postergar la entrega lo más posible. Sabemos de casos que 4 meses después de tener una sentencia, COFEPRIS dilata su proceso con la carta de autorización. No desesperes, mejor usa esa energía llamando a la COFEPRIS solicitando el estado de tu documento. 


Única vía legal

Una vez que tengas la carta firmada por el director jurídico de COFEPRIS podrás empezar tu cultivo y tu consumo sin temor a la autoridad. Es importante mencionar que, aun cuando ya existe una legislación para cannabis medicinal, esta es la única vía de acceso legal a la flor. 


La legislación actual en materia de uso medicinal está restringida únicamente para productos farmacológicos y solamente para empresas (laboratorios) que cumplan con el estándar de esta industria. El uso de cannabis en crudo (flores) o vías de administración alternativos (vaporización/combustión) no se reconocen en este espacio. 


Es por esto que es sumamente importante acceder al amparo. Entendemos que es un proceso complejo y engorroso pero solo así podrás dar uso a esta planta sin violar la ley.

Información actualizada al 17 de Junio de 2021.

¿Tienes dudas sobre el proceso ? Ponte en contacto con nosotros.